{"id":944,"date":"2026-06-02T03:42:06","date_gmt":"2026-06-02T03:42:06","guid":{"rendered":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/2026\/06\/02\/el-gobierno-reglamento-la-eliminacion-de-ganancias-para-la-venta-de-inmuebles-y-el-cobro-de-alquileres\/"},"modified":"2026-06-02T03:42:06","modified_gmt":"2026-06-02T03:42:06","slug":"el-gobierno-reglamento-la-eliminacion-de-ganancias-para-la-venta-de-inmuebles-y-el-cobro-de-alquileres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/2026\/06\/02\/el-gobierno-reglamento-la-eliminacion-de-ganancias-para-la-venta-de-inmuebles-y-el-cobro-de-alquileres\/","title":{"rendered":"El Gobierno reglament\u00f3 la eliminaci\u00f3n de Ganancias para la venta de inmuebles y el cobro de alquileres"},"content":{"rendered":" \n                                        <p><div class=\"extracted-content\"><div id=\"readability-page-1\" class=\"page\"><div id=\"cuerpo\">El Gobierno reglament\u00f3 este lunes uno de los cambios en el <strong>Impuesto a las Ganancias<\/strong> incluidos en la reforma laboral y confirm\u00f3 as\u00ed que quedar\u00e1n exentos del tributo tanto <strong>el cobro de alquileres<\/strong> como los ingresos obtenidos por la <strong>venta de inmuebles<\/strong>.La medida fue oficializada mediante el un decreto publicado en el Bolet\u00edn Oficial, que modifica la reglamentaci\u00f3n de la Ley de Impuesto a las Ganancias y define el alcance de los beneficios aprobados por el Congreso a fines de febrero.Seg\u00fan los considerandos de la norma, el objetivo es \u201cbrindar certeza y garantizar la efectiva aplicaci\u00f3n\u201d de las nuevas exenciones incorporadas por la reforma.Uno de los cambios centrales es la reglamentaci\u00f3n de las dos operaciones que dejar\u00e1n de estar alcanzados por Ganancias y que en los dos casos est\u00e1n vinculado al mercado inmobiliario, ya sea por la compraventa o por los alquileres. El decreto establece que las ganancias derivadas de la locaci\u00f3n o sublocaci\u00f3n de inmuebles con destino a <strong>\u201ccasa-habitaci\u00f3n\u201d <\/strong>quedar\u00e1n exentas del impuesto para los per\u00edodos fiscales iniciados desde el 1\u00b0 de enero de 2026.La norma define como \u201ccasa-habitaci\u00f3n\u201d al inmueble destinado a <strong>vivienda \u00fanica, familiar y de ocupaci\u00f3n permanente de quien la habita<\/strong>. Adem\u00e1s, aclar\u00f3 que el beneficio no s\u00f3lo alcanza al alquiler propiamente dicho, sino tambi\u00e9n a los importes cobrados por muebles, accesorios y otros servicios incluidos en el contrato.El texto oficial precisa que la exenci\u00f3n se aplicar\u00e1 a todas las unidades que una persona humana o sucesi\u00f3n indivisa alquile con destino exclusivo a vivienda, es decir que <strong>no cambia si ese contribuyente tiene m\u00e1s de un inmueble en alquiler<\/strong>. Tambi\u00e9n aclara que el beneficio regir\u00e1<strong> independientemente de la fecha en que haya sido firmado el contrato de alquiler<\/strong>, siempre que las rentas se devenguen a partir de 2026.La cuesti\u00f3n de Ganancias en los alquileres es un tema de discusi\u00f3n permanente entre los expertos, los tributaristas y que ya form\u00f3 parte de la agenda del Congreso a\u00f1os atr\u00e1s. Muchos contratos de locaci\u00f3n no eran declarados ante el fisco, precisamente, para evitar el pago de Ganancias. Hab\u00eda en ese punto un tema r\u00edspido entre propietarios e inquilinos, ya que estos \u00faltimos podr\u00edan deducir una parte de su propio pago de Ganancias por el pago de renta mensual para su vivienda. Otro aspecto relevante es que la reglamentaci\u00f3n extiende la exenci\u00f3n al denominado \u201cvalor locativo presunto\u201d de inmuebles cedidos gratuitamente o a precio indeterminado, siempre que el ocupante utilice la propiedad como vivienda permanente.El tributarista Alberto Mastandrea Socio de Impuestos de BDO observ\u00f3 que la reglamentaci\u00f3n dej\u00f3 afuera de esta exenci\u00f3n a empresas que tengan propiedades que pongan en alquiler, ya que lo limit\u00f3 solamente a personas humanas. Esto, cuestion\u00f3, no estaba diferenciado de esta manera en el articulado de la ley.Otro l\u00edmite impuso la reglamentaci\u00f3n, asegur\u00f3 Mastandrea, es que si el inquilino que paga el alquiler tiene, en simult\u00e1neo, un inmueble a su nombre en el que no vive, el beneficio de exenci\u00f3n de Ganancias se cae. Es una circunstancia que el propietario no tiene bajo su control. &#8220;En numerosos casos el propietario no conoce -ni dispone de medios para verificar- si su inquilino es due\u00f1o de otro inmueble o si la unidad alquilada constituye efectivamente su residencia permanente. No obstante, de ese dato ajeno depender\u00e1 que deba o no ingresar el impuesto&#8221;, asegur\u00f3 Mastandrea.<p id=\"element-body-14\"><h2>Qu\u00e9 pasa con la compraventa de inmuebles<\/h2>El decreto tambi\u00e9n reglamenta una segunda exenci\u00f3n incorporada por la reforma laboral: la que alcanza a los <strong>resultados obtenidos por la venta de inmuebles<\/strong> y por la transferencia de derechos sobre inmuebles ubicados en la Argentina.Seg\u00fan la norma, quedar\u00e1n alcanzadas las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes, siempre que la operaci\u00f3n se concrete a partir del 1\u00b0 de enero de 2026 y se encuentre comprendida dentro de los supuestos previstos por la Ley de Impuesto a las Ganancias.La reglamentaci\u00f3n aclara adem\u00e1s que el beneficio <strong>no se limita a la venta directa de una propiedad<\/strong>. Tambi\u00e9n incluye la <strong>transferencia de derechos sobre inmuebles<\/strong>, como la cesi\u00f3n de boletos de compraventa u otros compromisos similares cuando impliquen la transferencia de derechos econ\u00f3micos vinculados a una propiedad. <\/div><\/div><\/div><\/p>\n                                        \n                                        \n                                        <p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.clarin.com\/economia\/gobierno-reglamento-eliminacion-ganancias-venta-inmuebles-cobro-alquileres_0_GQ0ggtWAmJ.html\">Enlace original<\/a><\/p>\n                                        ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno reglament\u00f3 este lunes uno de los cambios en el Impuesto a las Ganancias incluidos en la reforma laboral y confirm\u00f3 as\u00ed que quedar\u00e1n exentos del tributo tanto el cobro de alquileres como los ingresos obtenidos por la venta de inmuebles.La medida fue oficializada mediante el un decreto publicado en el Bolet\u00edn Oficial, que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":820,"comment_status":"open","ping_status":"","sticky":false,"template":"template-ancho-completo.php","format":"standard","meta":{"content-type":"","footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[125],"tags":[],"class_list":["post-944","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-clarin"],"aioseo_notices":[],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/944","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=944"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/944\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/820"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=944"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=944"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=944"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}