{"id":1521,"date":"2026-06-26T07:18:40","date_gmt":"2026-06-26T07:18:40","guid":{"rendered":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/2026\/06\/26\/sociedades-claves-beneficios-y-riesgos-del-proyecto-que-envio-el-gobierno-al-congreso\/"},"modified":"2026-06-26T07:18:40","modified_gmt":"2026-06-26T07:18:40","slug":"sociedades-claves-beneficios-y-riesgos-del-proyecto-que-envio-el-gobierno-al-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/contabilidadfamiliar.com\/index.php\/2026\/06\/26\/sociedades-claves-beneficios-y-riesgos-del-proyecto-que-envio-el-gobierno-al-congreso\/","title":{"rendered":"Sociedades: claves, beneficios y riesgos del proyecto que envi\u00f3 el Gobierno al Congreso"},"content":{"rendered":" \n                                        <p><div class=\"extracted-content\"><div id=\"readability-page-1\" class=\"page\"><article> El Gobierno nacional contin\u00faa con su pol\u00edtica de cambios profundos, con el objetivo de &#8220;sacarle la pata del Estado&#8221; a la econom\u00eda y <strong>permitir mayor libertad a la hora de concretar negocios.<\/strong> En esta oportunidad, <strong>envi\u00f3 una ambiciosa propuesta para reformar dr\u00e1sticamente la Ley 19.550<\/strong> (de <a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/tags\/empresas-t1253\" target=\"_blank\">Sociedades Comerciales<\/a>), que busca darle un aire renovado a las estructuras que existen hoy en d\u00eda. Conocido el texto de la iniciativa, la directora de Legales de BDO Argentina, <strong>Mar\u00eda Eugenia Lafuente<\/strong>, asegur\u00f3 que &#8220;propone <strong>modernizar el marco legal vigente <\/strong>mediante la incorporaci\u00f3n de tendencias del derecho comparado y de la pr\u00e1ctica empresarial, <strong>alineando la normativa local con las din\u00e1micas de la econom\u00eda digital y global<\/strong>&#8220;. En tanto, Mariano Ghirardotti, socio del estudio que lleva su apellido, sostuvo a El Economista que <strong>&#8220;el proyecto de reforma de la Ley General de Sociedades trae un cambio bastante fuerte de paradigma&#8221;.<\/strong> &#8220;Hasta ahora, nuestro r\u00e9gimen societario fue bastante formalista, con mucho peso de la ley, los registros p\u00fablicos y la intervenci\u00f3n estatal&#8221;, indic\u00f3 y agreg\u00f3: &#8220;La reforma parece ir para el otro lado: <strong>m\u00e1s libertad para que los socios dise\u00f1en su propia sociedad, menos burocracia y m\u00e1s herramientas digitales<\/strong>&#8220;. <h2><strong>Los cambios, por dentro<\/strong><\/h2>La propuesta del Gobierno nacional representa un cambio profundo en la estructura legal societaria y si bien tiene muchos aspectos importantes, las modificaciones pueden concentrarse en siete grupos bien definidos. En primer lugar, plantea un enfoque que va de lo legalista a lo contractual. Al respecto, Lafuente asegur\u00f3 que &#8220;uno de los ejes centrales es el <strong>pasaje de un modelo basado en normas r\u00edgidas a un enfoque sustentado en la autonom\u00eda de la voluntad de los socios<\/strong>&#8220;. Ghirardotti explic\u00f3 que &#8220;las sociedades podr\u00edan tener estatutos mucho m\u00e1s flexibles, <mark>regulando de antemano c\u00f3mo se resuelven conflictos, bloqueos entre socios, salidas, exclusiones o compras de participaciones<\/mark>&#8220;. Pero, adem\u00e1s, en este esquema la ley pasa a cumplir una funci\u00f3n supletoria. &#8220;Este cambio permite que las sociedades<strong> puedan dise\u00f1arse con mayor flexibilidad, adapt\u00e1ndose a necesidades espec\u00edficas de negocio<\/strong>&#8220;, indic\u00f3 Lafuente. En segundo lugar, propone una simplificaci\u00f3n de procesos e impulsa la digitalizaci\u00f3n de las sociedades. La especialista record\u00f3 que &#8220;el anteproyecto introduce una <strong>modernizaci\u00f3n integral del funcionamiento societario mediante herramientas tecnol\u00f3gicas<\/strong> como la <a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/tags\/digitalizacion-t1836\" target=\"_blank\">firma electr\u00f3nica y digital<\/a>, las reuniones a distancia, los registros societarios digitales y los domicilios electr\u00f3nicos&#8221;. En tercer lugar, <mark>el proyecto redefine la funci\u00f3n del capital social<\/mark>, que deja de ser el principal mecanismo de protecci\u00f3n de acreedores para convertirse en una herramienta interna de organizaci\u00f3n societaria. &#8220;De este modo, <strong>se prioriza la eficiencia empresarial y la flexibilidad operativa <\/strong>por sobre estructuras r\u00edgidas tradicionales&#8221;, a\u00f1adi\u00f3 la especialista de BDO Argentina sobre este punto de la iniciativa. Ghirardotti, en tanto, record\u00f3 que adem\u00e1s &#8220;se reducen formalidades para directorios de sociedades de capital extranjero, lo cual <strong>hace m\u00e1s amigable el proceso de radicaci\u00f3n de empresas en la Argentina<\/strong>&#8220;. En cuarto lugar, est\u00e1 la incorporaci\u00f3n de la econom\u00eda moderna. Sobre este punto, el especialista record\u00f3 que, de aprobarse la iniciativa, las sociedades podr\u00e1n &#8220;emitir participaciones digitales o <i>tokenizadas<\/i>, usar libros y mecanismos societarios digitales, e <strong>incluso admitir figuras nuevas como las DAO, vinculadas a <\/strong><a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/tags\/blockchain-t1481\" target=\"_blank\"><i><strong>blockchain <\/strong><\/i><\/a><strong>y contratos inteligentes<\/strong>&#8220;. En el quinto lugar, los especialistas mencionaron el reconocimiento del ecosistema de <i>startups <\/i>y <i>venture capital<\/i>. <strong>&#8220;El objetivo es alinear la normativa con los nuevos modelos de negocio y fuentes de financiamiento&#8221;<\/strong>, dijo al respecto Lafuente. En sexto lugar, la propuesta elimina las trabas para las Sociedades An\u00f3nimas Unipersonales -que acarreaban costos y burocracia- e <strong>incorpora a las Sociedades An\u00f3nimas Simples (SAS)<\/strong> dentro de las sociedades de la Ley. Un dato m\u00e1s que agreg\u00f3 Ghirardotti est\u00e1 relacionado con los cambios sociales, al afirmar que &#8220;<strong>tambi\u00e9n se busca simplificar transformaciones, fusiones y escisiones<\/strong>, evitando procesos largos y cargados de formalidades&#8221;. La iniciativa, adem\u00e1s de crear y estructurar nuevas sociedades, pone punto final a 4 tipos, que son las colectivas, las de capital e industria y las que son en comanditas (tanto simple como las que son por acciones). Por \u00faltimo, el anteproyecto incorpora el principio de <i>business judgment rule<\/i>, que protege a los administradores por decisiones adoptadas de buena fe en el ejercicio de sus funciones. algo que, seg\u00fan Lafuente,<strong> &#8220;apunta a reducir la litigiosidad y otorgar mayor previsibilidad en la gesti\u00f3n empresarial&#8221;.<\/strong> &#8220;Adem\u00e1s -a\u00f1adi\u00f3 Ghirardotti-, para ciertas disputas internas, las sociedades podr\u00edan pactar arbitraje, jurisdicci\u00f3n extranjera o incluso derecho extranjero,<strong> siempre limitado a cuestiones entre socios y sin afectar a terceros ni normas imperativas argentinas<\/strong>&#8220;. <h2><strong>Luces y sombras<\/strong><\/h2>De aprobarse, <mark>la nueva ley impactar\u00e1 en m\u00faltiples actores, desde las empresas y emprendedores, hasta los inversores y los asesores legales que tendr\u00e1n un rol m\u00e1s estrat\u00e9gico en el dise\u00f1o societario.<\/mark> <div>Al menos esa es la visi\u00f3n de Lafuente, quien asegur\u00f3 que &#8220;el anteproyecto<strong> representa un cambio estructural en el derecho societario argentino<\/strong>, orientado a un modelo m\u00e1s din\u00e1mico, digital y alineado con est\u00e1ndares internacionales&#8221;.&#8221;Su eventual aprobaci\u00f3n implicar\u00eda una transformaci\u00f3n profunda en la forma de crear, estructurar y gestionar sociedades en el pa\u00eds&#8221;, manifest\u00f3 la directora de Legales de BDO Argentina.<\/div> No obstante, sostuvo que existen algunos riesgos. En principio, asegur\u00f3 que &#8220;un cambio de esta magnitud, orientado a modernizar el r\u00e9gimen societario, <strong>necesariamente implica asumir ciertos riesgos como contrapartida del progreso<\/strong>&#8220;. &#8220;En este sentido -a\u00f1adi\u00f3-, <strong>el proyecto parece inscribirse en una l\u00f3gica donde prima la autonom\u00eda de la voluntad de las partes<\/strong>, desplazando el eje desde un esquema m\u00e1s reglado hacia uno en el cual el regulador asume un rol m\u00e1s acotado, cercano al de un \u00e1rbitro de reglas entre particulares&#8221;. No obstante, manifest\u00f3 que <mark>esos riesgos deber\u00edan ser cuidadosamente considerados en su dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y futura reglamentaci\u00f3n<\/mark>, con la mira puesta en evitar efectos no deseados. Y detall\u00f3 qu\u00e9 puntos deber\u00e1n ser tenidos en cuenta. En primer lugar, explic\u00f3 que en materia de protecci\u00f3n de minor\u00edas, una mayor flexibilizaci\u00f3n del r\u00e9gimen societario podr\u00eda, de no estar adecuadamente equilibrada, <strong>generar espacios para eventuales abusos por parte de las mayor\u00edas<\/strong>, especialmente en estructuras con bajo nivel de dispersi\u00f3n accionaria. &#8220;En este contexto de mayor protagonismo de la autonom\u00eda privada, <strong>ser\u00e1 clave que se mantengan -o incluso se refuercen- mecanismos eficaces de tutela<\/strong>, tales como derechos de informaci\u00f3n, impugnaci\u00f3n de decisiones sociales y reglas claras sobre conflictos de inter\u00e9s&#8221;, indic\u00f3. Y, respecto a la potencialidad de abusos de las mayor\u00edas, agreg\u00f3 que &#8220;<strong>resulta fundamental que el r\u00e9gimen preserve est\u00e1ndares claros de conducta para administradores y accionistas controlantes<\/strong>, as\u00ed como herramientas efectivas de <i>enforcement <\/i>que permitan prevenir y sancionar desv\u00edos, aun dentro de un marco m\u00e1s flexible&#8221;. Por otro lado, la directora de Legales de BDO Argentina mencion\u00f3 la identificaci\u00f3n de beneficiarios finales,<mark> algo que constituye un aspecto central en t\u00e9rminos de transparencia y prevenci\u00f3n de il\u00edcitos.<\/mark> &#8220;En un esquema que favorece la autonom\u00eda estructural, deber\u00e1 asegurarse que dicha flexibilidad no debilite la trazabilidad de la titularidad real, lo cual <strong>exige la implementaci\u00f3n de sistemas robustos y alineados con est\u00e1ndares internacionales<\/strong>&#8220;, manifest\u00f3. Finalmente, en lo que respecta a la fiscalizaci\u00f3n, asegur\u00f3 que un modelo con menor intervenci\u00f3n ex ante por parte del regulador podr\u00eda implicar mayores desaf\u00edos para los organismos de control,<mark> trasladando el foco hacia mecanismos de supervisi\u00f3n ex post.<\/mark> &#8220;En este punto -continu\u00f3 Lafuente-, ser\u00e1 importante<strong> lograr un adecuado equilibrio entre simplificaci\u00f3n normativa y eficacia del control estatal<\/strong>, evitando zonas de opacidad o dificultades pr\u00e1cticas de supervisi\u00f3n&#8221;. &#8220;En s\u00edntesis, si bien la modernizaci\u00f3n del r\u00e9gimen -basada en una ampliaci\u00f3n de la autonom\u00eda de la voluntad- puede generar beneficios en t\u00e9rminos de dinamismo y competitividad, <strong>su \u00e9xito depender\u00e1 en gran medida de c\u00f3mo se mitiguen estos riesgos y se asegure un marco adecuado de protecci\u00f3n, transparencia y control<\/strong>&#8220;, concluy\u00f3. La mirada de Ghirardotti es similar a la de Lafuente. El especialista considera que la propuesta parlamentaria<strong> &#8220;busca que las sociedades sean m\u00e1s \u00e1giles, m\u00e1s modernas y menos dependientes de la burocracia estatal&#8221;.<\/strong> En este sentido, destac\u00f3 que el lado positivo es claro. <strong>&#8220;Menos tr\u00e1mites, m\u00e1s flexibilidad, mejores herramientas para resolver peleas internas y una ley m\u00e1s adaptada al mundo digital&#8221;<\/strong>, remarc\u00f3. No obstante, asegur\u00f3 que &#8220;el lado delicado tambi\u00e9n existe: si se reduce demasiado el control, <strong>pueden aparecer problemas de opacidad, abuso contra minoritarios, dificultad para identificar beneficiarios finales<\/strong> o estructuras dif\u00edciles de fiscalizar&#8221;. <a href=\"https:\/\/www.google.com\/preferences\/source?q=eleconomista.com.ar\" target=\"_blank\" rel=\"noopener nofollow\">   <span>Segu\u00ed a El Economista en Google<\/span> <span>Agreganos a tus medios preferidos.<\/span>  + Agregar <\/a> <\/article><\/div><\/div><\/p>\n                                        \n                                        \n                                        <p>Fuente: <a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/sociedades-claves-beneficios-riesgos-proyecto-envio-gobierno-congreso-n96149\">Enlace original<\/a><\/p>\n                                        ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno nacional contin\u00faa con su pol\u00edtica de cambios profundos, con el objetivo de &#8220;sacarle la pata del Estado&#8221; a la econom\u00eda y permitir mayor libertad a la hora de concretar negocios. 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