Inocencia Fiscal: Caputo presentó la nueva ley que busca los dólares del colchón
- Elimina restricciones para que los contribuyentes puedan ingresar. Al respecto, señaló que ahora “el régimen queda abierto para las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país sin distinción de patrimonio, ni ingresos“. Respecto a los grandes contribuyentes, aclaró que “podrán adherir a la modalidad simplificada, pero no gozarán de los beneficios propios del régimen”.
- Introduce un umbral mínimo para definir la discrepancia significativa. “Aunque se supere el 15%, no se quiebra la presunción de exactitud si la diferencia nominal reclamada no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto en el artículo 1 de la Ley Penal Tributaria”, dijo y aclaró que “en números concretos, si la diferencia no supera los $5 millones, la presunción se mantiene“.
- Establece un nuevo mecanismo para mantener el “tapón fiscal”. La funcionaria explicó que “si ARCA detecta una discrepancia significativa, el contribuyente podrá presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar la diferencia -más los intereses correspondientes- en un plazo de hasta 15 días hábiles desde que reciban la notificación”. Y añadió: “Si lo hace, no pierde los beneficios”.
- Crea una herramienta para resarcir a los contribuyentes. Ibarzábal sostuvo que “si el contribuyente rectifica la declaración jurada y paga el ajuste para no perder los beneficios del régimen, pero posteriormente la Justicia revoca la impugnación de ARCA, el proyecto aclara expresamente que primero se le restablece plenamente la presunción de exactitud y segundo ARCA está obligada a reintegrar los aportes pagados, con intereses, en un plazo no mayor a 45 días hábiles desde la notificación de la resolución”.
Algunas aclaraciones
Una de las dudas que surgieron es qué sucede con el tapón fiscal ahora que fue desdoblado la fecha de pago de la de la presentación de la declaración jurada de Ganancias. El problema surge porque la misma norma aclara que los beneficios empiezan a correr cuando los contribuyentes presentan y pagan la declaración jurada por el método simplificado. Kusa sostuvo que “para que se consagre el principio del efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud se tiene que presentar la declaración jurada y el pago, por lo cual, el pago que se va a realizar lunes, ARCA no puede hacer nada hasta que no se presente la declaración jurada“. Dado que la presentación va a vencer el 27 de agosto, “recién ahí se configura la situación jurídica por la cual ARCA podría preguntar si entiende que hay alguna discrepancia al respecto”, aclaró y remarcó que “mientras tanto el contribuyente goza de la presunción de exactitud y no puede ser sometido a fiscalización alguna”. Por su parte, Becherman aclaró qué pasa en el caso de que exista una diferencia entre el pago y lo que arroje la declaración jurada. Es que muchos contribuyentes temen que pueda ser considerada como una discrepancia que haga caer el tapón fiscal. Señaló: “Entendemos que un pago diferente del valor que se haga el lunes con respecto a la presentación de la declaración jurada no daría ningún tipo de posibilidad de que se caiga el beneficio de la presunción de exactitud“. “Este desdoblamiento no está previsto en la ley, sino que es un caso muy particular del año 2025”, añadió la especialista y aseguró que ninguna de las partes quiere que caiga el tapón fiscal. Por eso, manifestó que “seguramente el decreto y las resoluciones de ARCA estarán alineadas en este sentido”. A la hora de responder sobre los requerimientos de los bancos, que en algunos casos los contribuyentes consideraban que estaban por encima de lo que decía la ley, Kusa aseguró que todos los que puedan demostrar que el dinero proviene de su trabajo, no deberían tener problemas. Incluso, fue un poco más allá del caso de los que quieren usar los dólares del colchón al afirmar que “desde el punto de vista jurídico, todos los contribuyentes deberían adherir al régimen simplificado, por un tema de simplificación tributaria”. A su turno, Paolina sostuvo que hay que saber diferenciar el dinero sucio (que es el que proviene de una actividad ilegal) del dinero negro (cuyo origen está relacionado a una actividad empresarial) para entender el alcance de los controles que puede haber por lavado de dinero. El especialista explicó que la Unidad de Información Financiera (UIF) no pierde ninguna de sus facultades para investigar los casos en los que sospeche que el dinero es “sucio” y que la propuesta prevé que la adhesión al régimen simplificado debe ser considerado por la UIF como un antecedente favorable.Otras definiciones
A la hora de presentar la propuesta, Caputo dejó varias frases sobre el objetivo de la medida, la intención del Gobierno de bajar impuestos y de mejorar la competitividad sin devaluar.- Inversión: “Nosotros queremos que haya mayor inversión. Para que haya mayor inversión la contracara de la inversión es el ahorro y el ahorro está, sólo que no está en el sistema financiero. Necesitamos que ese ahorro se vuelque al sistema financiero“.
- Presión impositiva: “Hemos bajado 3 puntos de producto en términos de impuestos. Es más o menos US$ 20.000 millones por año que le estamos devolviendo al sector privado, pero estamos para seguir bajando impuestos”.
- Productividad: “No creemos que la productividad se logra devaluando… sino Argentina sería el campeón de la productividad, porque nuestra moneda se depreció del ‘1 dólar, 1 peso’ hace 25 años, a $1.500 hoy”.
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