Monotributo: el trámite que miles de contribuyentes deberán hacer antes del 5 de agosto
Quiénes deben recategorizarse
Para saber si corresponde un cambio de categoría, los monotributistas deben analizar los parámetros de los últimos 12 meses. Entre los principales criterios a tener en cuenta figuran:- Ingresos brutos
- Alquileres devengados
- Superficie afectada a la actividad
- Consumo de energía eléctrica
Cómo hacer la recategorización del monotributo
El trámite puede realizarse de forma online y en pocos minutos. Para completarlo, hay que seguir estos pasos:- Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
- Acceder al servicio Monotributo.
- Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
- Revisar la información registrada y hacer clic en “Continuar recategorización”.
- Actualizar los datos, si corresponde.
- Confirmar el trámite y descargar el Formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.
Nuevas escalas de facturación
Los nuevos topes anuales de ingresos para cada categoría quedaron definidos de la siguiente manera:- Categoría A: hasta $12.009.410,45.
- Categoría B: hasta $17.595.182,74.
- Categoría C: hasta $24.670.494,31.
- Categoría D: hasta $30.628.651,43.
- Categoría E: hasta $36.028.231,33.
- Categoría F: hasta $45.151.659,41.
- Categoría G: hasta $53.995.798,87.
- Categoría H: hasta $81.924.660,37.
- Categoría I: hasta $91.699.761,90.
- Categoría J: hasta $105.012.519,20.
- Categoría K: hasta $126.610.838,75.
Cuánto habrá que pagar desde agosto
Las cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, quedarán de la siguiente forma:- Categoría A: $49.527,18.
- Categoría B: $56.379,08.
- Categoría C: $66.020,12 (servicios) | $64.530,58 (bienes).
- Categoría D: $84.612,93 (servicios) | $82.564,81 (bienes).
- Categoría E: $119.811,45 (servicios) | $108.267,51 (bienes).
- Categoría F: $150.784,21 (servicios) | $129.930,65 (bienes).
- Categoría G: $230.312,94 (servicios) | $158.815,05 (bienes).
- Categoría H: $522.706,68 (servicios) | $317.895,01 (bienes).
- Categoría I: $963.747,86 (servicios) | $474.992,78 (bienes).
- Categoría J: $1.167.299,76 (servicios) | $580.793,69 (bienes).
- Categoría K: $1.614.446,04 (servicios) | $702.103,24 (bienes).
Qué pasa si no hacés la recategorización
ARCA advirtió que puede avanzar con una recategorización de oficio cuando detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible. Esto ocurre, por ejemplo, si las compras, los gastos o las acreditaciones bancarias superan los límites permitidos para la categoría vigente. En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Si el contribuyente considera que la medida es incorrecta, podrá presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos establecidos por la normativa. Revisar la categoría a tiempo es clave para evitar sanciones, pagos incorrectos y ajustes automáticos por parte del fisco. Seguí a El Economista en Google Agreganos a tus medios preferidos. + AgregarFuente: Enlace original
